El Gobierno expidió el Decreto 1261 del 19 de agosto de 2026, “Por el cual se declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional”, con fundamento en el artículo 215 de la Constitución. La declaratoria es por 30 días calendario y comprende los departamentos de Antioquia, Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle del Cauca, Tolima, Putumayo, Norte de Santander, Bolívar, Nariño y Sucre.
El texto oficial ya está publicado en el repositorio normativo de Presidencia.
DECRETO No. 1261 DEL 19 DE AGOSTO DE 2026
Junto a este decreto se presentó la Resolución 536 agosto 18/26 Mincultura. Intervención de primeros auxilios en inmuebles patrimoniales que sufrieron en el Terremoto que afectó a los departamentos descritos.
En el decreto y la resolución se encuentran las entidades a las que deben acudir para que sean atendidos en cualquiera de los puntos que decalara la emergencia.
Deben acudir a las oficinas de gestión del riesgo o secretarías de planeación de su municipio o gobernación si su vivienda o negocio sufrió daños para ser incluido en los censos oficiales.
Para acceder a las ayudas o hacer efectivas las medidas derivadas del Decreto 1261 del 19 de agosto de 2026, deben acudir principalmente a las alcaldías municipales, gobernaciones departamentales y a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) en las zonas afectadas. Por ejemplo en Cali para que acudan a revisar sus inmuebles pueden ir a este link: https://www.cali.gov.co/directorio/366/secretaria-de-gestion-del-riesgo-de-emergencias-y-desastres/?genPag=1













