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Entró en Vigencia el Ritel

Desde el 1 de julio de 2019 entró en vigencia el Ritel, Reglamento Técnico para redes internas de Telecomunicación. Según la resolución 5405 de julio de 2018.

Este reglamento aplica para obras nuevas y los que no han realizado la radicación antes del 1, es decir lo que se radicó hasta el viernes 28 de junio no les aplica pero lo que se radique desde el martes 2 de julio si le aplicará.

Como lo dice  el artículo  8.2.1.2 del capítulo 2 del Título 8 de la Resolución CRC5050 de 2016 se entiende que se encuentran exentos de la aplicación del Ritel  aquellos proyectos constructivos de copropiedad y propiedad horizontal destinados a vivienda que antes del 1 de julio de 2019: Cuenten con licencia de construcción como obra nueva, o que hayan radicado la solicitud de licencia en legal y debida forma.

Los que hayan iniciado la etapa de promoción y anuncio de los proyectos bajo el sistema de preventas.

También en la circular 123 de 2019 de aclaración sobre ámbito de aplicaciones del reglamento  de Redes Internas de Telecomunicaciones (Ritel) dice:

Es de anotar que de acuerdo con las prácticas del sector de la construcción en algunas ciudades se adelanta un registro de enajenadores en la etapa de promoción y comercialización.

Por su parte la radicación de documentos contemplada en el artículo2.2.5.3.1 del Decreto 1077 de 2015 se realiza 15 días antes de dar inicio a la etapa de celebración de promesas de compraventa y enajenación de los respectivos inmuebles.

La información de esta resolución la encontrarán en la página www.crcom.gov.co.

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